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A noviembre de 2026, el Formulario N-400 cuesta $710 en línea o $760 en papel. Podría calificar para pagar $380 si sus ingresos familiares llegan hasta el 400% de las Guías Federales de Pobreza, o nada con una exención de tarifa si sus ingresos son más bajos o recibe ciertos beneficios. Ambas opciones exigen presentar el formulario en papel. Una regla propuesta subiría estas tarifas, pero no está vigente.
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¿Cuánto cuesta el Formulario N-400?
A noviembre de 2026, esto es lo que cobra el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés), según su lista de tarifas vigente. No hay una tarifa aparte por los datos biométricos.
| Su situación | Tarifa | Cómo puede presentarlo |
|---|---|---|
| Normal, en línea | $710 | En línea |
| Normal, en papel | $760 | En papel |
| Tarifa reducida | $380 | Solo en papel |
| Exención de tarifa | $0 | Solo en papel |
| Servicio militar, por los caminos militares | $0 | Vea las instrucciones del formulario |
Normal, en línea
- Tarifa
- $710
- Cómo puede presentarlo
- En línea
Normal, en papel
- Tarifa
- $760
- Cómo puede presentarlo
- En papel
Tarifa reducida
- Tarifa
- $380
- Cómo puede presentarlo
- Solo en papel
Exención de tarifa
- Tarifa
- $0
- Cómo puede presentarlo
- Solo en papel
Servicio militar, por los caminos militares
- Tarifa
- $0
- Cómo puede presentarlo
- Vea las instrucciones del formulario
Las tarifas pueden cambiar, así que revise la lista de tarifas vigente, el Formulario G-1055, el día en que presente la solicitud. Nuestra guía sobre cómo llenar el Formulario N-400 explica el resto del proceso.
¿Califico para pagar menos?
Hay dos formas de pagar menos, y debe pedir solo una. Ambas dependen sobre todo de sus ingresos familiares comparados con las Guías Federales de Pobreza, que USCIS publica cada año en una tabla según el tamaño del hogar.
| Tarifa reducida | Exención de tarifa | |
|---|---|---|
| Qué paga | $380 | $0 |
| Regla de ingresos | Ingresos familiares de hasta el 400% de las guías | Ingresos familiares de hasta el 150% de las guías |
| Otras formas de calificar | Ninguna | Usted, su cónyuge, su hijo o, en algunos casos, su padre o madre recibe actualmente un beneficio basado en los ingresos, o usted enfrenta dificultades económicas extremas |
| Cómo pedirla | Parte 10 de un Formulario N-400 en papel | Formulario I-912, o una solicitud escrita con la misma información, junto con un Formulario N-400 en papel |
Qué paga
- Tarifa reducida
- $380
- Exención de tarifa
- $0
Regla de ingresos
- Tarifa reducida
- Ingresos familiares de hasta el 400% de las guías
- Exención de tarifa
- Ingresos familiares de hasta el 150% de las guías
Otras formas de calificar
- Tarifa reducida
- Ninguna
- Exención de tarifa
- Usted, su cónyuge, su hijo o, en algunos casos, su padre o madre recibe actualmente un beneficio basado en los ingresos, o usted enfrenta dificultades económicas extremas
Cómo pedirla
- Tarifa reducida
- Parte 10 de un Formulario N-400 en papel
- Exención de tarifa
- Formulario I-912, o una solicitud escrita con la misma información, junto con un Formulario N-400 en papel
Si sus ingresos llegan hasta el 150%, USCIS le indica pedir la exención de tarifa en lugar de la tarifa reducida.
¿Qué cuenta como beneficio basado en los ingresos? USCIS menciona Medicaid, SNAP (cupones de alimentos), TANF, SSI, ayuda para la vivienda, WIC, LIHEAP y ciertos beneficios en efectivo de VA. Dice que Medicare, el desempleo, el Seguro Social, SSDI y la ayuda estudiantil no cuentan.
¿Qué cuenta como dificultad económica extrema? USCIS da ejemplos como el desempleo, los gastos médicos de un familiar, un desastre natural, un desalojo o no tener hogar, cuando le impiden pagar.
¿Quién cuenta en mi hogar?
Las páginas de tarifas de USCIS usan la misma definición básica para ambas solicitudes. Su hogar puede incluir:
- A usted.
- Al jefe de su hogar, si no es usted.
- A su cónyuge, si viven juntos. Si están separados o viven aparte, USCIS dice que no lo incluya.
- A sus padres y a sus hijos o tutelados solteros menores de 21 años, si viven con usted.
- A sus hijos o tutelados solteros de 21 a 23 años que estudian a tiempo completo, si viven con usted cuando no están en la escuela.
- A sus hijos o tutelados solteros con una discapacidad que no pueden cuidarse solos y de quienes usted es tutor legal, si viven con usted.
- A otros dependientes que aparezcan en su declaración de impuestos federal, o en la de su cónyuge o del jefe de su hogar.
Un familiar o compañero de cuarto que vive con usted pero no está en estos grupos no cuenta, y sus ingresos tampoco.
USCIS también describe algunas situaciones especiales:
- Separación, para una exención. USCIS pide una declaración firmada o documentos que muestren que su cónyuge vive en otro lugar y no le ayuda con ingresos. Los pagos mensuales de manutención que reciba de su cónyuge siguen contando como ingresos.
- Cónyuge en el extranjero, para una tarifa reducida. Incluya lo que su cónyuge aporta a su hogar. Si no le da ningún apoyo, incluya una declaración que lo explique.
- Maltrato, para una tarifa reducida. Si solicita como cónyuge maltratado de un ciudadano estadounidense con quien todavía vive, USCIS dice que no incluya los ingresos de esa persona.
¿Qué pruebas necesito?
Las solicitudes pueden rechazarse por falta de pruebas, así que envíelas con su formulario.
Para una tarifa reducida
La declaración de impuestos federal más reciente de cada miembro del hogar. Si alguien no la presentó, o no muestra sus ingresos actuales, comprobantes de pago de al menos el último mes, un W-2 o SSA-1099 reciente, o una carta del empleador.
Para una exención por beneficios
Una carta o notificación con el nombre de la persona, la agencia, el tipo de beneficio y que está vigente. Debe tener fecha de los 12 meses anteriores a la solicitud. Por lo general, una tarjeta de beneficios no basta.
Para una exención por ingresos
Prueba de los ingresos de todas las personas de su hogar, incluido el jefe de hogar.
Para una exención por dificultades
Una descripción detallada, con documentos como estados de cuenta, comprobantes de pago, facturas de servicios, un contrato de alquiler o facturas médicas. Si no tiene documentos, explique por qué. USCIS aconseja añadir una declaración firmada y fechada de un miembro de su comunidad que conozca su situación.
Todo lo que esté en otro idioma, incluido el español, necesita una traducción completa al inglés con la declaración firmada de quien traduce.
¿Por qué se rechazan estas solicitudes?
USCIS menciona los problemas comunes en sus páginas de tarifas. Para una exención de tarifa, incluyen:
- No cumple ninguna de las condiciones.
- No firmó el Formulario I-912 ni su solicitud escrita.
- No indicó el motivo de su solicitud, marcando una casilla en la Parte 1 del Formulario I-912 o de otra forma.
- No envió pruebas de su beneficio, sus ingresos o sus dificultades.
- Sus pruebas no están en inglés y no tienen una traducción certificada.
- Envió la solicitud de exención sin la solicitud principal.
Para una tarifa reducida, USCIS advierte sobre no enviar suficiente información y documentos, y sobre los documentos sin traducir.
Si le niegan la exención, la notificación de la decisión (Formulario I-797) indica el motivo. Si USCIS rechaza una solicitud, envía una notificación que explica por qué. Si luego la presenta de nuevo y quiere pagar con tarjeta, necesita un nuevo Formulario G-1450.
¿Cómo pago?
Depende de cómo presente el formulario. Las reglas de USCIS para las solicitudes en papel cambiaron, y por lo general ya no acepta cheques.
| Cómo lo presenta | Cómo paga |
|---|---|
| En línea | Por medio de pay.gov, con tarjeta o retiro bancario. Revise la dirección web antes de pagar |
| En papel | Con tarjeta y el Formulario G-1450, o con retiro bancario y el Formulario G-1650. No incluya ambos |
| Cheques y giros postales (money orders) | Por lo general no se aceptan, salvo que califique para una excepción y presente el Formulario G-1651 |
En línea
- Cómo paga
- Por medio de pay.gov, con tarjeta o retiro bancario. Revise la dirección web antes de pagar
En papel
- Cómo paga
- Con tarjeta y el Formulario G-1450, o con retiro bancario y el Formulario G-1650. No incluya ambos
Cheques y giros postales (money orders)
- Cómo paga
- Por lo general no se aceptan, salvo que califique para una excepción y presente el Formulario G-1651
- Pagos rechazados. Si su tarjeta es rechazada, USCIS no lo vuelve a intentar y rechaza su solicitud. Si un retiro bancario falla por falta de fondos, USCIS lo intenta una vez más antes de rechazarla. Si un retiro bancario se rechaza por otro motivo, rechaza su solicitud sin volver a intentarlo.
- Sin reembolsos. USCIS dice que las tarifas de presentación son definitivas y no se reembolsan, aunque se niegue su solicitud o usted la retire.
¿Van a subir las tarifas?
Es posible, pero todavía no ha cambiado nada. En junio de 2026, el Departamento de Seguridad Nacional publicó una regla propuesta. A noviembre de 2026, esto es lo que haría si llegara a ser definitiva:
| Tarifa actual | Tarifa propuesta | |
|---|---|---|
| En línea | $710 | $1,280 |
| En papel | $760 | $1,330 |
| Tarifa reducida | $380 | Se eliminaría |
| Exención de tarifa | Disponible si califica | Se eliminaría |
| Caminos militares | $0 | Seguirían exentos |
En línea
- Tarifa actual
- $710
- Tarifa propuesta
- $1,280
En papel
- Tarifa actual
- $760
- Tarifa propuesta
- $1,330
Tarifa reducida
- Tarifa actual
- $380
- Tarifa propuesta
- Se eliminaría
Exención de tarifa
- Tarifa actual
- Disponible si califica
- Tarifa propuesta
- Se eliminaría
Caminos militares
- Tarifa actual
- $0
- Tarifa propuesta
- Seguirían exentos
El período de comentarios públicos terminó el 24 de agosto de 2026. No encontramos una regla definitiva, y la lista de tarifas de USCIS del 26 de octubre de 2026 sigue mostrando las tarifas actuales. Una propuesta puede cambiar antes de ser definitiva o no llegar a aplicarse nunca, y no podemos predecir cuándo pasará. Actualizaremos esta guía si eso cambia.
¿Cuándo debo hablar con un profesional?
La mayoría de las personas puede calcular su tarifa con la tabla de USCIS. Considere buscar ayuda si alguna de estas le aplica:
- No sabe quién cuenta en su hogar, o sus ingresos cambiaron hace poco.
- No le aceptaron su solicitud de exención o de tarifa reducida.
- Solicita por los caminos militares y no sabe qué debe presentar.
Un representante acreditado por el Departamento de Justicia o un abogado con licencia puede ayudarle, y algunas organizaciones sin fines de lucro ofrecen servicios de bajo costo.
Preguntas frecuentes
¿Me devuelven el dinero si niegan mi solicitud?
No. USCIS dice que las tarifas de presentación son definitivas y no se reembolsan, aunque se niegue su solicitud.
¿Puedo presentarlo en línea si pido pagar menos?
No. La lista de tarifas de USCIS dice que debe presentar un Formulario N-400 en papel para pedir una tarifa reducida o una exención.
¿Puedo pedir la tarifa reducida y la exención a la vez?
USCIS dice que no presente ambas. Si sus ingresos llegan hasta el 150% de las guías, le indica pedir la exención.
¿Hay una tarifa aparte por las huellas?
No. USCIS dice que no hay una tarifa aparte por los datos biométricos para el Formulario N-400.
Fuentes10
- USCIS: Formulario G-1055, lista de tarifas, edición 10/26/26 (en inglés)
- USCIS: Formulario N-400, Solicitud de Naturalización (en inglés)
- USCIS: instrucciones del Formulario N-400, edición 01/20/25 (en inglés)
- USCIS: información sobre la solicitud de tarifa reducida (en inglés)
- USCIS: información sobre la exención de tarifa (en inglés)
- USCIS: Formulario I-912, solicitud de exención de tarifa (en inglés)
- USCIS: guías de pobreza (en inglés)
- USCIS: tarifas de presentación (en inglés)
- USCIS: hoja informativa sobre las tarifas del Formulario N-400, junio de 2024 (en inglés)
- Federal Register: ajustes a las tarifas de naturalización, regla propuesta del 23 de junio de 2026 (en inglés)
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